Seguiremos hablando hoy de temas hipotecarios. Esta vez abordamos una modalidad hipotecaria que tuvo su auge entre los años 2007 y 2008 y como habéis visto en el título de la entrada es la hipoteca multidivisa. Pero, ¿Qué es una hipoteca multidivisa? La respuesta es sencilla: Es un tipo de hipoteca que está referenciado a la evolución de determinadas divisas (las más habituales son el Yenn y el Franco Suizo) o bien a un índice extranjero distinto al EURIBOR (como puede ser el LIBOR).

La pregunta que muchos os estaréis haciendo es ¿Por qué los bancos comercializaban estas hipotecas referenciadas a divisas o índices extranjeros y por qué los consumidores accedían a ello? Pues bien, los bancos decían a sus clientes que mediante este tipo de hipoteca podrían ahorrar un cantidad de dinero importante por cuanto que los índices y divisas del extranjero estaban cotizando con valores más bajos que el EURIBOR. LO que no se explicó y los clientes no tuvieron en cuenta es el hecho de que tanto las divisas como los índices fluctúan y con el tiempo lo que pasó es que estos índices cotizaron por encima del EURIBOR y las divisas a las que estaban referenciadas se empezaron a devaluar frente al Euro, así que aquellas personas que habían contratado estas hipotecas, no sólo no estaban ahorrando si no que además estaban pagando mucho más dinero por sus hipotecas por el hecho de no estar referenciadas al Euro o al EURIBOR.

Para saber si nuestra hipoteca es o no una hipoteca multidivisa, debemos acudir a la escritura de constitución de la hipoteca y fijarnos si entre el clausulado se hace referencia al LIBOR en lugar del EURIBOR para el cálculo de los intereses y fijarnos también si el importe del principal se establece en una divisa distinta al Euro, que como ya hemos dicho antes, lo habitual suele ser en Yennes o en Francos Suizos.

La consecuencia de todo ello va a ser poder interponer una demanda contra la entidad bancaria para poder reclamar aquellas cantidades que hemos pagado de más. Pero, como ocurre con las cláusula suelo, debemos tener en cuenta que este tipo de cláusulas son totalmente legales y que sólo en aquellos casos donde no se ha proporcionado la información adecuada y suficiente de las consecuencias de contratar este tipo de hipotecas, se podrá reclamar. Así pues una hipoteca realizada con divisas extranjeras no es ilegal, lo que es ilegal es no cumplir con los deberes de información.

El punto de inflexión para poder reclamar por este tipo de hipotecas fue a partir de la Sentencia del Tribunal Supremo de 30 de Junio de 2015, donde se especifica que un préstamos hipotecario multidivisa no debía ser tomado y analizado como un préstamo hipotecario sin más, ya que realmente nos encontramos ante un instrumento financiero por la complejidad que entraña el hecho de tener un especial control sobre el cambio de divisas. Al considerar la hipoteca multidivisa un producto financiero y no un mero préstamo, el banco debe cumplir con unos requisitos más severos en cuanto a los deberes de información, requisitos que pocas, o ninguna, veces se respetaron.

Así pues, en estos casos lo que solicitamos es el recálculo de la hipoteca como si nunca se hubiese contratado en una moneda extranjera, sino en euros y con el tipo de interés referenciado al EURIBOR, de manera que todo el capital que se ha pagado desde la firma del préstamo se aplique como capital amortizado.

Junto a la demanda que se interponga será necesario aportar un informe pericial realizado por un experto economista ya que nos deberá calcular la cantidad total que se ha amortizado de hipoteca durante los años del contrato. Además de ello, estos peritos facilitan los llamados paneles Bloomberg, con los que se puede demostrar la previsión de fluctuación de la moneda a la que se ha referenciado la hipoteca, un instrumento con el que el banco cuenta y que no muestra nunca a sus clientes. Además del informe pericial, necesitaremos la escritura de préstamo hipotecario, el cuadro de liquidaciones mensuales practicadas desde el inicio del préstamo, los documentos acreditativos del perfil inversor del demandante (Que no tendrá el cliente casi con total seguridad y que nos permitirá demostrar que no se han cumplido los deberes de información por parte del banco).

Si sabes que tienes una hipoteca multidivisa o te acabas de dar cuenta después de leer esta entrada y necesitas que te ayudemos a reclamar, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

Sergi Gil Bezana
Ad Legem Abogados Esplugues
Colegiado nº 2247 ICASF